El registro de bases de datos ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) no es un hito estático, sino un proceso de Gobernanza de Datos permanente. Para las entidades públicas y los sujetos obligados, el cumplimiento formal ha evolucionado hacia una exigencia de integridad técnica que, de ignorarse, activa no solo la potestad sancionatoria de la SIC, sino también la vigilancia de la Procuraduría General de la Nación.
Es imperativo recordar que el periodo de actualización anual del RNBD vence cada 31 de marzo. Durante este ciclo, las organizaciones deben reportar no solo la existencia de sus bases de datos, sino cualquier modificación sustancial en las finalidades de uso, los flujos de información o las nuevas medidas de seguridad adoptadas bajo estándares como la Circular Externa No. 001 de 2025.
Nuestra experiencia nos indica que los mayores riesgos legales no surgen de la falta de registro, sino de la falsa motivación en los datos reportados por errores de interpretación técnica.
Este mismo rigor es el que aplicamos al cumplimiento de datos: aseguramos que la arquitectura de su información sea certificada y confiable, evitando que inconsistencias técnicas entre el registro y la operación real deriven en investigaciones por parte de la Procuraduría por falta de debida diligencia institucional.
El incumplimiento de este deber legal compromete la transparencia y la seguridad jurídica de su entidad. Nosotros le asesoramos en la estructuración técnica de sus bases de datos para garantizar un reporte infalible ante el RNBD.
https://www.sic.gov.co/registro-nacional-de-bases-de-datos
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